| 000 | 03922cam a22002534a 4500 | ||
|---|---|---|---|
| 008 | 250421t mx ||||| |||| 00| 0 spa d | ||
| 020 | _a978-607-440-777-8 | ||
| 040 |
_aTECNM/ITTláhuac-II _bspa _cITTláhuac-II _dITTláhuac-II _erda |
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_aKGF3770 _bL49 _c2015 |
| 100 |
_aEditores Tax _93511 _eAutor |
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| 245 | 0 | 0 |
_aLey de los impuestos generales de Importación y Exportación / _cEditores Tax |
| 250 | _a3a Edición | ||
| 260 | 3 |
_aMéxico: _bTax, _c2015 |
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| 300 |
_a536 páginas _bTablas, texto _c23 cm |
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| 505 | _aSección 1: Animales vivos y productos del Reino Animal. Sección 2: Productos del Reino Vegetal. Sección 3: Grasas y aceites animales o vegetales productos de su desdoblamiento: Grasas alimenticias elaboradas: Ceras de origen animal o vegetal. Sección 4: Productos de la industrias alimentarias: Bebidas,líquidos alcohólicos y vinagre;tabaco y sucedaneos del trabajo del tabaco elaborados. Sección 5: Productos Minerales. Sección 6: Productos de la industrias quimicas o de la industrias conexas. Sección 7: Plástico y sus manufactura; cauchos y sus manufacturas. Sección 8: Pieles,cueros,peleteria y manufacturas de estas materias; Articulos de talabarteria o guarnicioneria; Articulos de viaje,bolso de mano(carteras) y continentes similares; manufacturas de Tripa. Sección 9: Madera,carbón vegetal y manufacturas de madera: corcho y sus Sección 10: Pasta de madera o de las demas materias fibrosas celulosicas;papel o cartón para reciclar(desperdicios y desechos): papel, cartón y sus aplicaciones. Sección 11: Materias textiles y sus manufacturas. Sección 12: Calzado,sombreros y demas tocados,paraguas,quitasoles,bastones,latigos,fustas ,y sus partes; plumas preparadas y artículos de plumas;flores artificiales;manufacturas de cabello. Sección 13: Manufacturas de piedra,yeso fraguable,cemento,amianto(asbesto),mica o materias analogas;productos ceramicos;vidrio y sus manufacturas. Sección 14: Perlas naturales o cultivadas piedras preciosas o semipreciosas,metales preciosos,chapados de metal precioso(plaque)y manufacturas de estas materias;bisutería;monedas. Sección 15: Metales comunies y manufacturas de estos metales. Sección 16: Máquinas y aparatos ,material electrónico y sus partes;aparatos de grabación o reproducciones de sonido en televisión, y las partes y accesorios de estos aparatos. Sección 17: Material de transporte. Sección 18: Instrumentos y aparatos de óptica,fotografía o de cinematografía,de medida,control o precisión;instrumentos y aparatos medicoquirurgicos;aparatos de relojería;instrumentos musicales; aparatos de relojería; instrumentos musicales;partes y accesorios de estos instrumentos o aparatos. Sección 19: Armas,municiones y sus partes y accesorios. Sección 20: Mercancías y productos diversos. Sección 21: Objetos de arte o colección y antigüedades. Sección 22: Operaciones especiales. | ||
| 520 | _aEs un ordenamiento jurídico que establece las bases para clasificar y gravar las mercancías que entran o salen del territorio nacional. Su contenido integra la Tarifa de la LIGIE, alineada con el Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, lo que permite uniformidad internacional en la identificación de productos. La obra tiene un valor práctico para abogados, contadores, empresas y autoridades aduaneras, pues facilita la aplicación correcta de aranceles, contribuye al cumplimiento de obligaciones fiscales y aduaneras, y se convierte en una herramienta esencial para la planeación de operaciones de comercio exterior en México. | ||
| 526 | _aIngenieria en Gestion Empresarial | ||
| 526 | _aIngeniería en Logística | ||
| 650 | 0 |
_aIngeniería en gestión empresarial _9584 |
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| 650 | 0 |
_aIngeniería logística _9583 |
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| 942 |
_2lcc _n0 _cLIB |
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| 945 |
_a1253 _bLuis Felipe Rivas Mendoza _c1253 _dLuis Felipe Rivas Mendoza |
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| 999 |
_c8622 _d8622 |
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