CÓDIGO DE COMERCIO ACTUALIZADO - 4 - México Mc Graw Hill 1999 - 723 Ilustraciones, tablas y gráficos. - Serie .

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CÓDIGO DE COMERCIO 1 LIBRO PRIMERO. Título preliminar
4OJUT TÍTULO PRIMERO.De los comerciantes 1 2 TÍTULO SEGUNDO.De las obligaciones comunes a todos los que profesan el comercio . ad2 Capítulo I. Del anuncio de la calidad mercantil . Capítulo II. Del 3
Registro de Comercio Capítulo III.De la contabilidad mercantil. Capítulo IV.De la correspondencia
jo sl aq. molydice 7 TÍTULO TERCERO.De los corredores .. on esl eO ,VI oltitqs LIBRO SEGUNDO. Del comercio terrestre 7
TÍTULO PRIMERO.De los actos de comercio y de los contratos mercantiles en general usTeas 7 Capítulo I.De los actos de comercio . . oluiiq--9 Capítulo II.De los contratos mercantiles en general .. .. . TÍTULO SEGUNDO.De las sociedades de comercio ontic 10
7.aibnebiront eal ad olaein 10 TÍTULO TERCERO.De la comisión mercantil Capítulo I.De los comisionistas oliric-13 Capítulo II.De los factores y dependientes
TÍTULO CUARTO. Del depósito mercantil q15 Capítulo I. Del depósito mercantil en general . Capítulo II.De los almacenes generales de depósito 16
sms) UINX oluiige, TÍTULO QUINTO. Del préstamo mercantil. Capítulo I Del préstamo mercantil en general .... Capítulo II.De los préstamos con garantía o títulos de valores públicos -17
TITULO SEXTO.De la compraventa y permuta mercantiles y de la cesión de créditos fultqt comerciales .. 1417 Capítulo I.De la compraventa .Nq-17 . Capítulo II.De las permutas mercantiles . 11q19 Capítulo III.De las cesiones de créditos no endosables S .
ou . V TÍTULO SÉPTIMO. De los contratos de seguros
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TÍTULO OCTAVO. Del contrato y letras de cambio

III, Esta fraccion fue derogada por decreto pudneaau
la Federación el dia 23 de enero de 1981

CAPÍTULO II

Del Registro de Comercio

Articulo I8. El Registro de Comercio se llevará en las cabeceras del partido
○ distrito judicial del domicilio del comerciante por las oficinas encargadas del
Registro Publico de la Propiedad; a falta de éstas, por los oficios de hipotecas,y
en defecto de unas y otros, por los jueces de primera instancia del orden común.
Artículo 19. La inscripción o matrícula en el registro mercantil será potes-
tativa para los individuos que se dediquen al comercio, y obligatoria para todas
las sociedades mercantiles y para los buques. Los primeros quedarán matricu-
lados de oficio al inscribir cualquier documento cuyo registro sea necesario.
Artículo 20. El registrador está obligado a llevar el registro general de
comercio por orden cronológico de presentación de documentos.

Articulo 21. En la hoja de inscripción de cada comerciante o sociedad se
anotarán:
I. Su nombre, razón social o título;
II. La clase de comercio u operaciones a que se dedique,
III. La fecha en que deba comenzar o haya comenzado sus operaciones;
IV. El domicilio, con especificación de las sucursales que hubiere establecido,
sin perjuicio de inscribir las sucursales en el registro del partido judicial en que
estén domiciliadas;
V. Las escrituras de constitución de sociedad mercantil, cualesquiera que
sean su objeto o denominación, así como las de modificación, rescisión, disolución
○ escisión de las mismas sociedades,
VI. El acta de la primera junta general y documentos anexos a ella en las
sociedades anónimas que se constituyan por suscripción pública.
VII. Los poderes generales y nombramientos, y revocación de los mismos, si
la hubiere, conferidos a los gerentes, factores dependientes y cualesquiera otros
mandatarios;
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VIII. Derogado
IX. La licencia que un cónyuge haya dado al otro en los términos del segundo
párrafo del artículo 9o;
X. Las capitulaciones matrimoniales y los documentos que acrediten alguna
modificación a las mismas;
XI. Los documentos justificativos de los haberes o patrimonio que tenga e
hijo o el pupilo que estén bajo la patria potestad, o bajo la tutela del padre o
tutor comerciantes;



9701024753

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