Filosofía del Derecho
Filosofía del Derecho
- 1era
- México Porrúa 1980
- 542 Ilustraciones, tablas y graficas.
- Serie .
INTRODUCCIÓN
1. IMITACIONES QUE IMPONE A LAS DISCIPLINAS JURIDICAS
ESPECIALES LA ACTITUD DOGMATICA DE SUs CULTIVADORES
Las disciplinas cuyo fin consiste en exponer de manera sistemá-
tica el contenido de las diversas ramas de los derechos privado y
público.1 o de otras dificilmente incluibles en esta dicotomía (como
el derecho agrario o el del trabajo), tienen, por la índole propia de
su objeto, un carácter claramente dogmático. Objeto de tales disci-
plinas es el conjunto de normas de la rama a que cada una de ellas
se refiere y, normalmente al menos, sólo se trata de las que tienen
vigencia en tal o cual país o época.²
Cuando se afirma que la actitud de quienes se dedican a esos
estudios es dogmática, lo que al decir tal cosa quiere expresarse es
que aquellos conjuntos de normas, unitariamente concebidos en fun-
ción de su materia, constituyen un dato que el tratadista acepta sin
discusión, concediéndole el sentido y el valor que los creadores de
los preceptos le atribuyen. Estos integran, pongamos por caso, el
derecho civil vigente en determinado país, y quien se propone ex-
ponerlos científicamente nunca duda de su fuerza vinculante, ni, por
ende, de que los particulares tengan el deber de cumplirlos y los
Grganos del Estado la facultad de aplicarlos o, cuando es preciso, de
imponerlos.
Lance el lector una ojeada a una de las mejores exposiciones dcl
actual derecho civil italiano: la de Alberto Trabucchi, que es un
modelo en su género.3 El primero de sus diez extensos capitulos se
intitula Il diritto privato in generale, le sue fonti e i mezzi di studio,
y su sección inicial comprende cuatro rubros, de los cuales el núme-
ro I versa sobre el concepto del derecho. En dicho rubro, por cierto
1 CEr.: E. Garcta Máynez, Introducción al estudio.del derecho, Cap. X
2. E. García Máynez,
opus cit., Cap. XI.
3 Alberto Trabucchi, Istituzjoni di diritto civile. Dodicesima Edizione riveduta.
Casa Editrice Dott. Antonio Milani, Padova, 1960.
9
9684325207
LCC
INTRODUCCIÓN
1. IMITACIONES QUE IMPONE A LAS DISCIPLINAS JURIDICAS
ESPECIALES LA ACTITUD DOGMATICA DE SUs CULTIVADORES
Las disciplinas cuyo fin consiste en exponer de manera sistemá-
tica el contenido de las diversas ramas de los derechos privado y
público.1 o de otras dificilmente incluibles en esta dicotomía (como
el derecho agrario o el del trabajo), tienen, por la índole propia de
su objeto, un carácter claramente dogmático. Objeto de tales disci-
plinas es el conjunto de normas de la rama a que cada una de ellas
se refiere y, normalmente al menos, sólo se trata de las que tienen
vigencia en tal o cual país o época.²
Cuando se afirma que la actitud de quienes se dedican a esos
estudios es dogmática, lo que al decir tal cosa quiere expresarse es
que aquellos conjuntos de normas, unitariamente concebidos en fun-
ción de su materia, constituyen un dato que el tratadista acepta sin
discusión, concediéndole el sentido y el valor que los creadores de
los preceptos le atribuyen. Estos integran, pongamos por caso, el
derecho civil vigente en determinado país, y quien se propone ex-
ponerlos científicamente nunca duda de su fuerza vinculante, ni, por
ende, de que los particulares tengan el deber de cumplirlos y los
Grganos del Estado la facultad de aplicarlos o, cuando es preciso, de
imponerlos.
Lance el lector una ojeada a una de las mejores exposiciones dcl
actual derecho civil italiano: la de Alberto Trabucchi, que es un
modelo en su género.3 El primero de sus diez extensos capitulos se
intitula Il diritto privato in generale, le sue fonti e i mezzi di studio,
y su sección inicial comprende cuatro rubros, de los cuales el núme-
ro I versa sobre el concepto del derecho. En dicho rubro, por cierto
1 CEr.: E. Garcta Máynez, Introducción al estudio.del derecho, Cap. X
2. E. García Máynez,
opus cit., Cap. XI.
3 Alberto Trabucchi, Istituzjoni di diritto civile. Dodicesima Edizione riveduta.
Casa Editrice Dott. Antonio Milani, Padova, 1960.
9
9684325207
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